martes, 29 de marzo de 2011

DERIVADO FINANCIERO

     Un derivado financiero es un instrumento basado en la cotización de otro activo del cual toma además el nombre (acciones, renta fija, renta variable, índices bursátiles, bonos de deuda privada, índices como el Euribor o tipos de interés), que se comercializa en los mercados de valores.

    Sus principales características son:

·       El precio de los derivados cambia en referencia al del activo subyacente.
·       Pueden ser referidos a productos no financieros como las materias primas (petróleo, oro, trigo o arroz)
·       Normalmente la inversión que se realiza es inferior a la realizada al comprar una acción o una parte del valor subyacente.
·       Los derivados financieros siempre se liquidan de forma futura.
·       Requieren una inversión inicial muy pequeña o nula, respecto a otro tipo de contratos que tienen una respuesta similar ante cambios en las condiciones del mercado.
·       Pueden cotizarse en mercados organizados (como las bolsas) o no organizados


     En España los derivados están regulados por dos órganos rectores: en Madrid MEEF Renta Variable y en Barcelona MEEF Renta Fija. Aunque parezca que su función es poco importante, sí lo es, ya que no sólo regulan sino que además gestionan las compras y ventas que se realizan a diario mediante una cámara de compensación propia que ejecuta las liquidaciones entre todas las operaciones.

     Permiten que confiemos en el valor futuro de los activos subyacentes sin hacer un gran desembolso, aunque también tienen un carácter especulativo muy grande debido a que no sólo podemos hacer un uso normal de compra y venta de las acciones, sino que también podemos comerciar los con derechos para comprar o vender los activos; con un mismo capital inicial jugando con la segunda opción de los derechos podemos conseguir muchos más beneficios.

     Hay dos tipos de derivados financieros:

Futuros: No hay que pagar nada en el momento de su contratación, pero si hay que predisponer una garantía ante el pago. La principal cualidad de este tipo, es que contraemos una obligación de pago sobre los derivados adquiridos, los riesgos así como os posibles beneficios son proporcionales.

Opciones: Al contratar una opción has de pagar una pequeña prima y en ocasiones suscribir también una garantía. Lo bueno de las opciones es que realmente estamos fijando un compromiso de beneficios y pérdidas; si perdemos siempre el límite será el valor de la prima previa y los beneficios de carácter ilimitados.

La comercialización de estos derivados financieros se ha realizado de una forma especulativa tanto a niveles minoristas como mayoristas viéndose afectados desde usuarios particulares de banca a los que se les vendió un SWAP sobre su crédito hipotecario sin conocimiento sobre el riesgo que estaban corriendo, a los gobiernos de países europeos que han visto su deuda y su economía en quiebra técnica por la especulación realizada con la subcontratación de CDS.

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