lunes, 14 de marzo de 2011

Insider Trading

   
     Esta es una practica que consiste en la negociación en el mercado de valores por parte de una serie de inversores que cuentan con información privilegiada, y que se valen de ella para la compra o venta de títulos valores o de cualquier otra operación relacionada con la oferta publica de esos títulos. Y por lo tanto para conseguir mayores ganancias.


    Esta información es facilitada en la mayoría de las ocasiones por parte de los administradores de alguna de las sociedades cotizadas y se entiende como tal a aquella información concreta que haría variar el valor de las cotizaciones si fuese conocida por el resto de inversores (resultados tanto positivos como negativos de la sociedad, lanzamiento de Opas, intervención por parte de los agentes reguladores, etc)
    En los mercados, el elemento diferenciador ante un negocio es en la mayoría de los casos la información, y no todos tienen el mismo acceso.
    Esta practica lesiona gravemente la confianza de los inversores en el mercado de valores ya que perciben que esa información es la que determina el éxito o fracaso de la inversión, anulando el riesgo presente en todos los negocios, y hará que parte de estos posibles inversores se retiren del mercado financiero.
    Este uso es bastante habitual, como queda demostrado por el hecho de que una gran parte de las empresas cotizadas suelen experimentar movimientos importantes en los días previos a una gran operación. Las compañías opadas, por ejemplo, vienen subiendo una media del 10% en los días previos al anuncio de la oferta.
    La ley con el fin de proteger la integridad del mercado de valores, prohíbe determinadas conductas, como la preparación o realización de operaciones sobre los valores afectados por la información privilegiada, o la comunicación de la información a un tercero para que este se beneficie de este hecho o beneficie al informador mediante la interposición del tercero.  Esta es una practica muy facil de detectar pero muy difícil de probar por la intermediación.
Los administradores de las sociedades que disponen de la información reservada, deben comunicarla al mercado como un hecho relevante, y en caso de que se trate de información sobre una operación en curso sobre la que exista una justificación legal para mantenerla reservada, deben protegerla limitando el acceso a la misma al numero mínimo de personas que sea imprescindible. Este acceso se registrara, informando a los informados de la confidencialidad de dicha información y la prohibición sobre su uso.
No habría insider trading cuando se opera con simples rumores o con información obtenida por casualidad de desconocidos.
  Formas de Insider Trading
    Hay varias formas además del Insider Trading propiamente dicho, como son el Tipping, Tuyautage, Scalping, Touting, Front Running, y a todas aquellas modalidades por medio de las cuales se manifiesta.
    En la normativa española existe una prohibición general referente al Insider Trading, aunque referida a la figura propiamente dicha mientras que las otras modalidades no se contemplan expresamente. La R.G. CNV 190-219 contenía una norma específica que contemplaba las figuras de tipping y tuyautage (art. 13, 2° párrafo), pero la R.G. CNV 227 suprimió este párrafo, por lo tanto el tuyautage ya no está prohibido, y con respecto al tipping la prohibición existe como violación del deber de reserva, y el Insider Trading es independiente de la violación del mencionado deber.
También se considera el  “Insider de los políticos” aunque solo se incluye a directores y funcionarios de la CNV, integrantes de sociedades calificadoras de riesgo, organismos públicos y privados de control, entidades autorreguladas y cajas de valores.

   Infracciones de la custodia de la información
   Las infracciones sobre esta regla son multadas económicamente, hasta con 300.000 euros o cinco veces el beneficio obtenido. Los casos más graves  en los que la ventaja obtenida supere los 600.000 euros, se sancionan como delitos hasta con seis años de cárcel.

  Prevención del Insider Trading

    El mejor medio de prevención es que el público en general tenga acceso en forma ágil, veraz y suficiente a toda información relevante con el fin de dotar de mayor seguridad la toma de decisiones en la inversión a realizar. Es necesario consagrar un amplio deber informativo hacia el mercado, evitando dispensas, cuya concesión debe resultar de restrictiva interpretación.

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